| Declarado improcedente el despido de José Antonio Gracia |
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| Miércoles, 11 de Noviembre de 2009 20:37 |
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La empresa motivó el despido alegando que el trabajador formuló expresiones injuriosas contra sus superiores y, según la versión de la mercantil, hubo un intento de agresión hacia una responsable de recursos humanos. Sin embargo, la sentencia pone en su sitio a la empresa y da la razón al trabajador, considerando que “los hechos acreditados no demuestran que el actor formulara expresiones injuriosas que pudieran considerarse ofensivas” “no procediendo considerar estos hechos como expresiones verbales ofensivas contra la persona del empresario o sus empleados” y establece como hecho probado que la única frase que el trabajador despedido dirigió a la responsable de personal, y por la que ésta última se consideró amenazada, fue la siguiente: “¿Qué es lo que queréis, que me vaya?”. Además, señala textualmente la sentencia, “coincidiendo todos los testigos en que el actor pronunció esta frase y en que lo hizo con las manos alzadas a un metro y medio, aproximadamente, de la responsable de personal de la empresa, pudiendo comprobarse esto, salvo el comentario formulado, en la grabación aportada y no pudiendo considerarse esto como una actitud amenazante, pues el actor alzó las manos para gesticular su expresión en línea horizontal, sin ademán de evidenciar intención de agredir a nadie, siendo los superiores quienes salieron detrás de él para comprobar su actitud y reacción frente a la sanción, cuando entiende esta Juzgadora que su labor finalizaba una vez notificada la carta correspondiente.” Aunque la empresa ha sido condenada a abonar una importante indemnización económica, desde CNT deseamos expresar nuestra disconformidad con el resultado del procedimiento judicial, ya que el objetivo tanto del trabajador como del sindicato que le respalda, es que éste recupere el puesto de trabajo del que tan injustamente ha sido privado por motivo de su afiliación sindical. Por todo ello, nuestra asesoría jurídica se ha puesto manos a la obra y ya ha anunciado ante el Juzgado de lo Social numero 2 de Elche la intención de recurrir esta Sentencia ante Desde CNT no podemos estar satisfechos esta resolución, ya que, pese a haber ganado, no se ha entrado a valorar el problema de fondo, que no es otro que la represión sindical contra las actividades de un sindicato como CNT en el seno de la empresa STV Gestión, tal y como ha quedado acreditado en la sanción impuesta a este respecto por En Pilar de Sentencia de Juzgado de lo Social nº2 de Elche Sanción de la inspección de Trabajo a la empresa STV Gestión
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